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December 27, 2011 – 7:10 am | No Comment

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EL HISTORIADOR NO DEBE DISTORSIONAR LOS HECHOS

Submitted by Mynor on February 4, 2010 – 9:38 amNo Comment

Fuente: Diario Estra digital / Opinion / jueves 03 de febrero, 2010/

Eugenia Zamora* Magistrada del TSE

En el artículo Democracia que agoniza, don Oscar Aguilar, fiscal partidario en mesa de escrutinio, en febrero de 2006, hace apreciaciones que presenta como hechos. Hablar de un tribunal sobrado -ironía que no escapa al lector- desmerece la institucionalidad electoral y, más allá de la crítica, dice que hemos delinquido. ¿Cómo entender lo contrario si insinúa que se anularon 33 mil votos por doble marca, pertenecientes el 80% a un solo partido político, lo que comparado con las cifras del ganador, ya ustedes pueden sacar conclusiones? El TSE es un aquelarre que, en sus palabras, produce disposiciones interesadas, porque no las creo inocentes.

El TSE no aceleró el escrutinio a pedido de ningún partido político. Es el Código Electoral el que otorga 30 días para ello. También, que las denuncias se presenten, por escrito, con las pruebas del caso. No se anotan en las actas de escrutinio, para que queden constando. Si son graves, deben ser acusadas y juzgadas, formalmente, pues la anulación de un voto es anular el sufragio de un elector, derecho humano cuya lesión no puede simplemente anotarse.

El Código también dice cuándo un voto es válido o nulo. Una papeleta con elementos ajenos a la X podría ser anulada. En las elecciones, los 5 magistrados del TSE, con iguales reglas, juzgan casos concretos. Por eso las decisiones de un colegiado, incluida la validez de un voto, se someten a votación, como en febrero de 2006.

Si bien el escrutinio no es un simple conteo, tampoco es una auditoría de la votación. El principio de preclusión de los actos electorales va cerrando cada etapa; lo contrario arriesga el proceso electivo, cuyo objetivo es la transición -en democracia- del gobierno. Por eso la importante función de los partidos en las mesas de votos: las integran, verifican al elector en el padrón electoral y su cédula de identidad, reciben su voto y lo cuentan.

Allí se comparan las firmas de los miembros de mesa y se corrobora su validez, para asegurar que no ocurra lo que él llama el fraude del lapicerazo. El TSE sí autorizó el acceso de los fiscales a las actas constitutivas de las juntas electorales y a otros documentos. También corroboró que nadie denunció suplantaciones.

En el escrutinio los partidos fiscalizan, pero la función constitucional de escrutar es de los magistrados. Los miembros de mesa y los magistrados en el escrutinio definitivo, en presencia de los fiscales, anulamos o revalidamos votos a todos los partidos. El número total de votos nulos, por diferentes causas y de todos los partidos, en esa elección, fue de 30.422. De ahí que resulte difícil comprender que el señor Aguilar hable de 33.000 votos anulados por doble marca.

Difícil coincidir en la valoración de un mismo hecho, particularmente en materia tan apasionante como la electoral, pero más difícil aún mantener la objetividad, para no distorsionarlo en defensa de tesis personales.

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